viernes, 11 de junio de 2010

La igualdad de género y génera es a juro incluso contra la biología

TSJ admite recurso de nulidad interpuesto por Defensoría del Pueblo contra artículo 46 del CC


La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) se declaró competente para conocer y admitir un recurso de nulidad contra el artículo 46 del Código Civil (CC), por inconstitucional.
Dicha acción fue ejercida por la defensora del Pueblo, Gabriela Ramírez, quien argumentó que el mismo es discriminatorio.
Ramírez dijo que en el citado artículo se establece una distinción respecto a la edad para contraer nupcias, consagrando como requisito sine qua nom el que la mujer debe haber cumplido 14 años de edad y el hombre haber alcanzado la edad de 16 años.
Explicó que “a todas luces lesiona el derecho a la igualdad y no discriminación, previsto en el artículo 21 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela“, reseña una nota de prensa de la Defensoría.
Tal discriminación se fundamenta de manera exclusiva en el sexo y ello carece de toda objetividad, pues atenta contra el principio de igualdad de derechos en el matrimonio, manifestó.
Igualmente, consideró que dicha normativa infringe la igualdad absoluta de los derechos de los conyugues, consagrada en el artículo 77 del mismo Código.


http://www.noticias24.com/actualidad/noticia/159258/

Será que alguien le explica a esta adalid de la igualdad de género y génera que esa "discriminación" obedece a criterios biológicos como el que las mujeres se desarrollan antes que los hombres, pero seguro es porque Mamá Naturaleza es una machista retrógrada, víctima del condicionamiento discriminador y discriminadora.


Ni hablar de pretender que dedique su tiempo a algo menos trascendente como por ejemplo apurar los retrasos procesales, pero claro acabar con el machismo en papel (que no en la realidad) es un objetivo más importante

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